Desde ANAIT queremos difundir los plazos de ejecución, documentos y justificación de las ayudas, ante la cantidad de dudas que nos estáis trasladando.
PLAZOS de EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN
Tomamos como referencia la fecha de la resolución de la concesión de la ayuda.
En el plazo máximo de 4 meses, desde que se notifica la concesión de la subvención, se realizan las acciones subvencionables.
Y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización de las actuaciones, la presentación de la documentación para el abono.
Se presenta todo telemáticamente en el botón de Justificación de acciones subvencionadas: ACCESO
La entidad beneficiaria/autónomo deberá presentar la siguiente documentación justificativa:
- Memoria técnica: relación y breve descripción de las actuaciones desarrolladas y de los resultados obtenidos (adjunto documento)
- Justificación documental del cumplimiento de las actuaciones subvencionables, mediante informes, facturas, transferencias y demás documentos justificativos (Base 3 puntos 2 y 3).
- Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia (Anexo V adjunto documento)
- Hacer constar el carácter público de la actividad subvencionada. Deberán incluir en todas las actuaciones relacionadas con la difusión y el desarrollo de los programas subvencionados al menos el símbolo de Unión Europea-Next Generation EU, señalando la colaboración con el SNE-NL.